000 01544nmc a2200205 4500
005 20260520003526.0
008 260224s2003 xxu
245 0 0 _aLos convenios internacionales de responsabilidad e indemnización de 1992
_bAnte los riesgos de derrames
260 _a
_b
_cabr. 2003
270 _a23/02/2011 ; 29/04/2003
300 _a4 p. ; 40-44
520 _aEn 1992 tuvo lugar una nueva conferencia diplomática del Comité Jurídico de la Organización Marítima Internacional (OMI) que tiene como mandato promover la seguridad de la vida humana en el mar y la protección del medio marino. Durante la misma se aprobaron dos Protocolos conocidos como el "Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil" y el "Convenio para la Constitución de un Fondo Internacional de Indemnización de Daños" y que constituyen un sistema de indemnización de dos niveles. El primero se ocupa de la estricta responsabilidad de los armadores ante daños por contaminación producida por los hidrocarburos persistentes transportados y el segundo establece un régimen complementario de compensación, destinado al resarcimiento cuando las demandas por daño superan el valor que cubre el seguro contratado por el armador.
581 _a2
773 0 _tPetrotecnia
_g44
942 _cARTICULO
100 1 _aMartín, Francisco Javier
_921522
650 0 _aConvenios internacionales
_912429
999 _c145785
_d145785
856 _uhttps://biblioteca.iapg.org.ar/ArchivosAdjuntos/Petrotecnia/2003-2/LosConvenios.pdf