000 02872nam a2200217 4500
005 20260520005711.0
008 260224s2002 esp
041 _aEspañol
210 _aIII LACGEC
245 0 0 _aTransacciones de calidad
_bSu contribución al desarrollo de los sistemas de transporte regional de energía eléctrica
260 _aSanta Cruz de la Sierra, Bolivia
_b
_c2002
270 _a12/09/06 ; 16/05/02
500 _aAdobe Acrobat (PDF)
520 _aEn general, la vinculación de Sistemas Eléctricos Nacionales con diferentes criterios de desempeño mínimo produce alteraciones de la calidad en ambos sistemas que deben ponderarse y en caso de no poder igualarse su desempeño, compensarse económicamente. Por otra parte, una interconexión internacional, aún realizada con conversión de frecuencia, permite efectuar transacciones de calidad entre los Sistemas Eléctricos Nacionales, es decir transacciones de servicios complementarios (ancillary services). Finalmente, una interconexión puede también producir mejoras en la capacidad de transporte en uno o en ambos sistemas nacionales. El reconocimiento de esos efectos económicos concurrirá a hacer viables más interconexiones que las resultantes de sólo considerar los intercambios de energía entre los sistemas nacionales ya que permitirá ponderar una renta adicional. En ese marco de análisis y a título de ejemplo, puede referirse que la evaluación de la interconexión del Sistema Interconectado Central chileno (SIC) con el Sistema Argentino de Interconexión (SADI) indica que ésta puede resultar económicamente factible si se incluyen los intercambios de calidad, mientras que de una evaluación limitada a los intercambios de energía y potencia el resultado es negativo. Ello implica que la evolución del Transporte Regional de energía eléctrica requiere: " reconocer económicamente las diferencias entre criterios de desempeño mínimo de los sistemas nacionales vinculados, " establecer pautas para reconocer económicamente el intercambio de servicios complementarios entre sistemas nacionales, y " fijar criterios para contemplar las mejoras de las capacidades de transporte. A efectos de reconocer esas rentas será necesario establecer criterios para la evaluación objetiva de los beneficios económicos resultantes y, de ser necesario, efectuar adecuaciones a las regulaciones nacionales si estas no permiten explicitarlos. El presente trabajo desarrolla los criterios antes referidos.
942 _cCONGTP
100 1 _aHusson, Gustavo
_911020
111 2 _aCongreso Latinoamericano y del Caribe de Gas y Electricidad (3er : 2002 abr. 22-24 : Santa Cruz de la Sierra, Bolivia)
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