000 01655nmc a2200241 4500
005 20260520003243.0
008 260224s2001 xxu
245 0 0 _aLa evasión impositiva en combustibles
260 _a
_b
_cabr. 2001
270 _a23/02/2011 ; 11/09/02
300 _a1 p. ; 27
520 _aLa Ley 23.966 del Impuesto a los Combustibles fija impuestos específicos para una "lista" de productos entre los que, además de las naftas y el gasoil, se encuentran los solventes y el aguarrás quedando exentos del gravamen los solventes (alifáticos y aromáticos) y el aguarrás cuando tienen una aplicación industrial, es decir cuando no se utilizan como como combustibles. La exención del pago del impuesto según el destino de los solventes es la vía que permite el desvío de volúmenes importantes de su destino legal, admitido en aplicaciones industriales, hacia las mezclas con naftas o "sopas". También la gasolina natural, proveniente del tratamiento del gas natural, suele utilizarse en estas mezclas. Este mercado informal afecta la competencia del mercado de los combustibles en tanto éste pierde transparencia. A partir de esta situación se han encarado distintas estrategias para eliminar la evasión.
581 _a2
773 0 _tPetrotecnia
_g42
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100 1 _aGiorgi, Débora
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650 0 _aImpuestos a los combustibles
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856 _uhttps://biblioteca.iapg.org.ar/ArchivosAdjuntos/Petrotecnia/2001-2/Evasion.pdf